En el día de ayer se publicó en el Boletín Oficial la incorporación del Artículo 236 del Código Alimentario Argentino.

“Artículo 236: Los rótulos de las bebidas alcohólicas que se comercialicen en el país deberán llevar, obligatoriamente impreso en un lugar visible y en contraste de colores que asegure su correcta visibilidad; un pictograma que consiste en un círculo con una barra cruzada sobre una silueta de una mujer embarazada; el cual como Anexo registrado con el Nº IF-2020-48106510-APN-DLEIAER#ANMAT forma parte integrante del presente artículo.

La reducción mínima permitida es de 6 mm.

En aquellos productos que posean rótulo grabado en el envase deberán acogerse a la obligatoriedad.”

Se le otorgará a la empresa un plazo de 1095 días para adecuar su rótulo a la nueva normativa.